sábado, 11 de febrero de 2012

Prohibido encadenar contratos temporales

La reforma laboral es un tema interminable, que daría para muchísimo. Pero he querido llamar la atención sobre un aspecto que, en mi opinión, no es menor. Dentro de esta reforma se incluye la prohibición de encadenar contratos temporales por más de dos años, algo bastante frecuente dentro del personal médico en la Sanidad pública. Conozco muchos compañeros que llevan con contratos eventuales cuatro, cinco, ocho años, renovando cada 3 meses, 6 meses o anualmente. Algo que recordemos que ya era un fraude de ley, pues la posibilidad de encadenar contratos temporales indefinidamente sólo existe desde la reforma llevada a cabo por el PSOE en verano de 2011, dentro de un plan de medidas para "incentivar" el empleo juvenil (así de bien les ha salido, oiga...).

Pero, como siempre, creo que existen varias pegas. Una de ellas es evidente; si antes los gestores de la Sanidad pública no cumplían con la ley, encadenando contratos eventuales hasta el infinito, no veo por qué van a empezar a hacerlo ahora si nadie les obliga específicamente a ello. Y por otro lado, esta medida entra en vigor a partir del 1 de enero de 2013, lo que no me da mucha seguridad para todos esos contratos eventuales a lo largo de este año 2012. En varias Comunidades Autónomas, después de las diversas OPEs que se han producido a lo largo de estos 2-3 últimos años, existe el compromiso de transformar todos los contratos eventuales de más de 2 años en interinidades, una vez resueltas dichas OPEs. Pues bien, ya se han resuelto. ¿Cumplirán lo prometido o se escudarán en la crisis para volver a engañarnos?

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